Documento de Actividades del Doctorando
Una vez matriculado en el Programa, se creará para cada doctorando un documento de actividades personalizado a efectos de registro individualizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando según lo que establezca la unidad responsable de los estudios de doctorado en la universidad y será evaluado anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
Dicho documento deberá ajustarse al formato establecido en cada universidad, registrarse en la aplicación informática y deberá quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el doctorando. Este documento será evaluado anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
El doctorando tendrá acceso al Documento de Actividades de Doctorando para anotar y actualizar las actividades que realice en el contexto del programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración del Tutor o Director, previa comprobación por parte de la administración de autenticidad/veracidad de los méritos alegados, de ser el caso.
Al Documento de Actividades del Doctorando tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el doctorando o su Tutor o su Director de Tesis, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, la unidad responsable de los estudios de doctorado en la universidad y el personal de administración responsable.
El seguimiento del doctorado se llevará a cabo de forma directa por el Director o Tutor de la Tesis, a partir de la revisión trimestral del DAD y de los encuentros presenciales con el doctorando. Así mismo, el DAD constituirá un elemento imprescindible en los diferentes procedimientos anuales de evaluación del doctorando a lo largo de su doctorado.
Plan de Investigación
Antes de seis meses a contar desde la fecha de la matrícula el doctorando elaborará un Plan de Investigación que incluirá la metodología que empleará y los objetivos que se han de alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para alcanzarlos. El plan deberá ser presentado y evaluado con informe del Director y del Tutor y deberá ser aprobado por la CAPD. Este plan se podrá mejorar y detallar en el proceso de evaluación anual contando con el aval del Tutor y del Director.
Anualmente la Comisión Académica del Programa de Doctorado evaluará el Plan de investigación y el Documento de Actividades y dispondrá para realizar la evaluación de los informes que para ese efecto deberán emitir el Tutor y el Director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el Programa. En caso de recibir una evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, para lo que elaborará uno nuevo. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el Programa.
Compromiso de supervisión
Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos se reflejará en un Compromiso de supervisión. Dicho compromiso será firmado por una representación específica diseñada por la universidad, el Tutor y el doctorando en un plazo máximo de un mes para contar desde la fecha de matrícula, incorporándose la firma del Director en el momento de su designación. Este Compromiso de supervisión se incorporará al Documento de Actividades del Doctorando en el momento de su firma por todos los implicados.
En el Compromiso de supervisión se especificará la relación académica entre el doctorando y la Universidad, sus derechos y deberes, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos y la duración del mismo. Se incluirán también los deberes del Tutor del doctorando y los de su Director de Tesis.
En el compromiso de supervisión deberán figurar las condiciones en las que se publicará la tesis de doctorado.